deM谩laga (procedimiento ordinario n煤m. 104-2015) que, por sentencia n煤m. 766/2015, de 29 de octubre, estim贸 parcialmente, anulando la sanci贸n y la parte correspondiente del recargo a ella aplicado. e) Promovido recurso de apelaci贸n (n煤m. 749-2016) contra la anterior sentencia
Graciaspor tu comentario, Paco. En primer lugar, pueden interponerse ambos recursos, pero no a la vez. Las diferencias fundamentales est谩n en que el recurso de reposici贸n lo resuelve el 贸rgano que dict贸 el acto, y la reclamaci贸n econ贸mico administrativa la resuelve el Tribunal Econ贸mico Administrativo asignado.
Elrecurso de reposici贸n tiene car谩cter potestativo, pudiendo por ello los interesados acudir directamente a la reclamaci贸n econ贸mico-administrativa, aunque ambas v铆as no pueden simultanearse. Se interpone directamente ante el 贸rgano que hubiese dictado el acto administrativo impugnado. En la nueva Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
脥ndice 1 La reclamaci贸n plusval铆a, una nueva batalla legal en derecho administrativo por la que miles de ciudadanos reclaman lo que abonaron de forma injusta.. 1.1 Lo que ya dec铆an los Tribunales sobre reclamaci贸n plusval铆a.; 1.2 Qu茅 ha pasado sobre reclamaci贸n plusval铆a tras la Sentencia del Tribunal Constitucional; 1.3 Reclamaci贸nFECHADE RESOLUCI脫N DEL CASO: 30-05-2023 Materia: Derecho Administrativo Especialidad: / Derecho Administrativo / Procedimiento Administrativo N煤mero: 14021 Tipo de caso: Caso Extrajudicial Voces: Hecho imponible, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, IMPUESTO SOBRE EL
Consecuenciainmediata del allanamiento de la Administraci贸n P煤blica demandada, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.潞 2 de A Coru帽a ha condenado a un Ayuntamiento a reembolsar la cantidad de 5.987,46 euros a una mercantil, a raz贸n de una controvertida liquidaci贸n del impuesto de plusval铆a municipal.. Contra esta wij9OPo.